California Abogado de venta o suministro de alcohol a un menor de edad – Código de Negocios y Profesiones 25658
Me acusaron de vender o suministrar alcohol a un menor. ¿Qué hago ahora?
Empezaste a trabajar de camarero para ganar dinero extra mientras hacías algunos cursos universitarios. Este trabajo te ayuda a pagar tus libros y tu matrícula. Es una noche normal cuando alguien te invita a una copa. Apenas le prestas atención. Llevas horas trabajando cuando el cliente te muestra su identificación y asientes con la cabeza. Empiezas a servir una bebida. Observas cómo el cliente la bebe y te das cuenta de que lleva una sudadera universitaria. Antes de que te des cuenta, un padre enfadado aparece y te dice que acabas de venderle alcohol a un joven de 19 años. Sigue leyendo para ver Lo que dicen las leyes de California sobre la venta de alcohol a menores.
¿Le acusaron de vender alcohol a menores en California? La ley de mis derechos abogado de delitos relacionados con el alcohol que tiene una amplia experiencia en la protección de los derechos de los acusados en casos penales, incluida una variedad de delitos relacionados con el alcohol. Podemos ayudarlo a comprender lo que está en juego. Nuestros abogados con experiencia en defensa penal trabajarán incansablemente para proteger sus derechos y defenderlo en su caso penal. Si ha sido acusado de vender alcohol a un menor en California, llame a (888) 702-8882 o contáctenos a través de nuestro formulario web seguro para una consulta gratuita con uno de nuestros expertos abogados de defensa penal.
¿Es un delito vender o proporcionar alcohol a un menor en California?
Cuando piensas en proporcionar alcohol a un menor, es posible que pienses en padres que, a sabiendas, proporcionan cerveza a sus hijos adolescentes. Un evento como ese suele ocurrir durante algún tipo de fiesta o celebración. O tal vez pienses en adolescentes que pagan a una persona mayor, como un extraño o un primo, para que entre en una tienda y les compre un paquete de 12 cervezas. Un juez o un jurado pueden encontrar a ambas partes culpables de este delito menor en cualquiera de los dos escenarios. Pero ten en cuenta que la ley de California no exige que tengas conocimiento de la edad de la persona cuando le proporcionas alcohol.
Usted ha proporcionado ilegalmente alcohol a un menor Cuando usted:
- Vender o dar alcohol a cualquier persona menor de 21 años;
- Permitir que cualquier persona menor de 21 años consuma alcohol en las instalaciones de su negocio;
- Comprar alcohol para que lo consuma cualquier persona menor de 21 años.[1]
Como puede ver, no se menciona el conocimiento de la edad del bebedor. Lo único que importa es que la persona era, de hecho, menor de edad en el momento de la oferta o el consumo. Es por eso que este delito se llama un delito de responsabilidad estricta. Esto significa que los fiscales no necesitan demostrar que usted tuvo malas intenciones o mala intención al cometer un delito. Lamentablemente, el estado puede responsabilizarlo por un error inocente.[2] Sin mencionar que, si usted le da alcohol a menores y esos menores causan lesiones corporales graves a sí mismos o a otros, un fiscal también puede acusarlo de un delito menor penal.
Por lo general, la ley permite que los padres les den alcohol a sus hijos cuando estos tienen al menos 18 años y el consumo se produce dentro de su hogar. Sin embargo, la ley no permite intoxicar a su hijo (es decir, si su concentración de alcohol en sangre es de 0,05 o más) y dejar que ese niño conduzca un vehículo, lo que puede provocar un accidente.[3]
¿Cuáles son las sanciones por vender o proporcionar alcohol a un menor en California?
Depende de qué subsección de este delito hayas infringido para determinar cuál será tu castigo probable. Por ejemplo, si tienes un negocio que vende alcohol y permites que menores de edad beban en tus instalaciones, corres el riesgo de enfrentar una multa de $250 y de entre 24 y 32 horas de servicio comunitario. Por lo general, siempre que infrinjas esta ley, un juez puede condenarte a entre 24 y más de 32 horas de servicio comunitario si estás desempleado y no estás estudiando.
Si usted es un padre que violó esta ley, puede esperar enfrentar más de un año en la cárcel del condado y una multa de $$1000, libertad condicional o una combinación de algún tipo.
Si vendió o le dio alcohol a una persona menor de edad, corre el riesgo de enfrentar hasta seis meses en la cárcel del condado, pagar una multa de $1000, o ambas cosas. El fiscal también puede ponerlo en libertad condicional. Eso significa que estará seis meses más o menos lejos de su familia y sin trabajo. ¿Su trabajo lo volverá a contratar una vez que esté libre? Es difícil de decir. Si tiene hijos, ¿quiere perderse la oportunidad de acompañarlos a la escuela o de que le pidan ayuda con sus tareas? ¿Y si estuviera en la escuela? Sin duda, tendrá que abandonar ese semestre y puede perder todos esos créditos porque no completó sus cursos. Sin mencionar que algunas escuelas lo rechazarán si tiene antecedentes penales.
No tome esta infracción a la ligera simplemente porque se trata de un delito menor. Si le proporcionó alcohol a un menor y esto le causó lesiones corporales graves, podría cumplir hasta un año en la cárcel del condado (en lugar de seis meses). También puede esperar realizar un mínimo de 24 horas de servicio comunitario. Un juez puede agregar otras formas de castigo según la naturaleza de su caso.
Además, si usted es un negocio y esto le sucede a usted o a un empleado, existe una gran posibilidad de que pierda su licencia para vender bebidas alcohólicas, o que la ciudad cierre su establecimiento temporalmente. Como usted sabe, tener una licencia para vender bebidas alcohólicas es lucrativo para cualquier negocio, especialmente para bares y restaurantes. A los clientes les encanta beber mientras se divierten. Si pierde su permiso para vender alcohol, puede estar casi seguro de que la mayoría de su clientela también se irá. Ahora que comprende lo grave que es este cargo, considere contratar a un abogado experto en defensa penal para que lo represente. Un hábil abogado defensor de California sabrá qué defensas utilizar en su nombre.
¿Cuáles son las defensas viables para vender alcohol a menores en California?
Existen algunas defensas a su disposición. Si tiene una tienda que vende alcohol, puede alegar un error de hecho.[4] En este caso, usted puede argumentar que confió razonablemente en una creencia real de que un documento de identidad falso era real. La forma en que esta defensa se sostenga ante el tribunal dependerá de cuán auténtica parezca la forma del documento de identidad.[5] Si faltaba el sello del gobierno o tenía una dirección extraña o obviamente incorrecta, por ejemplo, esta defensa podría no ser válida.
Si usted es un padre que le proporcionó alcohol a su hijo y esto provocó que su hijo condujera ebrio y provocara un accidente de tránsito, sus defensas podrían incluir:
- No proporcionaste el alcohol
- No pusiste a tu hijo en presencia de alcohol.
- No permitiste voluntariamente que tu hijo condujera
Sin embargo, lo más importante es que, si bien es cierto que vender alcohol a un menor es un delito de responsabilidad estricta, los abogados con experiencia en defensa penal de California saben cómo utilizar una defensa basada en un error de hecho si las circunstancias lo permiten. Siempre es mejor consultar con abogados expertos para tener una idea más clara de cómo avanzar con su caso.
Cargos relacionados: Consumo de alcohol entre menores de edad, Contenedor abierto
Llame a My Rights Law hoy
Nosotros en My Rights Law Hemos representado a la gente de California durante años. Lo hemos visto todo, lo hemos oído todo y hemos litigado la mayoría de los casos. Pero, más que nada, creemos en proteger sus derechos y libertades. Sabemos lo vergonzoso y debilitante que puede ser una condena penal. Puede afectar su vida, mucho más allá de la duración de la condena. Es por eso que luchamos agresivamente por usted.
Cuando el estado lo acusa de un delito que puede privarlo de su libertad y ponerlo tras las rejas de metal, querrá consultar con abogados en quienes pueda confiar. No espere. Llámenos hoy al (888) 702-8882 hoy o contáctenos completando nuestro formulario web seguro para una consulta gratuita y confidencial.
NOTAS A PIE
[1] Referirse a Código de negocios y profesiones de California 25658.
[2] Referirse a Instrucciones para jurados de California – Penal (CALJIC) 4.35.
[3] Referirse a Código de Negocios y Profesiones de California 25658.
[4] Referirse a En relación con Jennings, (2004) 34 Cal. 4th 254, donde el Tribunal permitió una defensa basada en un error de hecho en circunstancias limitadas.
[5] Referirse a Departamento de Control de Bebidas Alcohólicas v. Junta de Apelaciones de Control de Bebidas Alcohólicas (2004) 118 Cal.App.4th 1429 1437, donde el Tribunal sostuvo que una identificación falsa que pretende ser una identificación emitida por el gobierno puede usarse como defensa.