Abogado de Acoso de California – Código Penal 646.9 PC

¿Está siendo acusado falsamente de acecho?

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De acuerdo a Acechoawareness.org, aproximadamente 13,5 millones de personas son acosadas en un año en Estados Unidos. El sesenta y nueve por ciento de las mujeres víctimas de acoso y el ochenta por ciento de los hombres víctimas de acoso son amenazados con daño físico cada año. En California, existen dos tipos de acoso.

  1. Acecho, que según la ley de California se define como seguir, acosar y amenazar a alguien hasta el punto de temer por su seguridad.
  2. El acoso cibernético, según la ley de California, se define como el acoso a través de un dispositivo de comunicación electrónico. Un dispositivo electrónico incluye medios tales como:
    1. Internet
    2. Correo electrónico
    3. Mensajes de texto
    4. Llamadas telefónicas
    5. Máquinas de fax
    6. Mensajes de vídeo, o
    7. Cualquier otro dispositivo electrónico

A partir de 2022, más del doble de víctimas serán acosadas con tecnología que sin ella.

Elementos del acecho

En un caso de acoso bajo el Código Penal 646.9, la fiscalía debe probar los siguientes elementos más allá de toda duda razonable: [1]

  1. El acusado acosó intencional y maliciosamente o siguió intencionalmente, maliciosa y repetidamente a otra persona, y
  2. El acusado hizo amenazas creíbles con la intención de hacer que la otra persona temiera razonablemente por su seguridad.[2]

Voluntariamente, maliciosamente y repetidamente

Seguir o ponerse en contacto con una persona de forma voluntaria, maliciosa y repetida es un elemento que la fiscalía debe probar para que se produzca una condena por acecho. [3] Alguien debe actuar intencionalmente y hacer algo que sabe que está mal con la intención de molestar, molestar o herir a alguien. [4] Por ejemplo, si obtienes el número de una celebridad y la llamas continuamente y le dices que la encontrarás y harás que se case contigo, este elemento quedará satisfecho.

Acoso

Acoso significa que el acusado participó en una conducta consciente y deliberada dirigida a una persona específica que la molesta, alarma, atormenta o aterroriza gravemente.[5] El curso de conducta puede no servir a un propósito legítimo. Si lo hace, no constituirá acoso. Por ejemplo, un número gratuito que llama sin parar y molesta sobre la garantía de su automóvil no alcanza el nivel de acoso. Tienen el propósito específico de ganar dinero con personas que desean garantías adicionales para su automóvil (no, su propósito no es molestarlo).

Amenaza creíble

Bajo ley de california, una amenaza creíble es aquella que hace que la víctima tema razonablemente por su seguridad o la de su familia inmediata y que el acusado fue capaz de llevar a cabo.[6] Así, por ejemplo, si tu expareja te acecha y te amenaza con matarte mientras duermes si sabe dónde vives, es una amenaza que podría llevarse a cabo y tiene como objetivo causar miedo.

Miedo razonable

Bajo ley de california, el miedo razonable es el miedo que es razonable para una persona en tales circunstancias. Por lo tanto, para determinar si el temor era razonable, el tribunal analizará los hechos y circunstancias de cada caso. Sin embargo, es fundamental comprender que un acusado no puede ser condenado si la amenaza no es cierta, independientemente de las circunstancias. Por ejemplo, si el acusado dijo en broma que le daría un puñetazo a alguien en la garganta, eso no constituye una amenaza genuina y no puede resultar en una condena por acoso.

Delito relacionado: Secuestro

¿Cuáles son las sanciones por acechar la PC 646.9?

Los cargos de acoso pueden dar lugar a dos tipos de sanciones: penales y civiles. Las sanciones penales resultan de cargos penales presentados por el estado y resultarán en fuertes multas para el estado de California o encarcelamiento. Por el contrario, las sanciones civiles surgen cuando la víctima demanda al acusado por daños monetarios.

1. Sanciones penales

El acecho es lo que se conoce como “wobbler”. Un delito de wobbler le permite al fiscal usar su discreción para acusar a alguien de un delito menor o grave.

Si el acusado es declarado culpable de un delito menor de acoso, puede recibir hasta un año en la cárcel del condado, una multa de $1,000, o ambas, y libertad condicional. Sin embargo, si el acusado es declarado culpable de un delito grave de acoso, puede recibir hasta cinco años de prisión, una multa de $1.000, o ambas, y libertad condicional.

El acecho siempre será tipificado como delito grave si se dan las siguientes circunstancias:

  • El acoso ocurrió en violación de una orden de protección, o
  • El acusado fue condenado previamente por acoso, independientemente de si las víctimas eran diferentes.

2. Sanciones civiles

Incluso si el acusado es condenado por cargos penales, la víctima puede demandar al acusado civilmente por los daños causados por el acoso. Para recibir una indemnización por acoso, la víctima debe demostrar lo siguiente:

  • El acusado participó en un patrón de conducta con la intención de seguir, alarmar o acosar a la víctima.
  • En consecuencia, la víctima temió razonablemente por su seguridad o la seguridad de un miembro de su familia inmediata, y
  • El acusado:
    • Hizo una amenaza creíble y no dejó de acosar a la víctima después de que la víctima solicitó que se detuviera el comportamiento, o
    • El acusado violó una orden de protección.

Si la víctima prueba lo anterior, podrá recibir una indemnización por daños y perjuicios.

Daños compensatorios

Los daños compensatorios incluyen daños económicos y no económicos.

Daños Económicos

Los daños económicos incluyen gastos médicos, salarios perdidos y el costo de reparar o reemplazar sus posesiones. Estos se consideran objetivos porque se puede calcular fácilmente un número comparando sus facturas médicas y su salario con los días que faltó al trabajo.

Los gastos médicos pueden volverse un poco más complicados si las lesiones requieren tratamiento y rehabilitación futuros porque entonces debes estimar el costo del tratamiento que no ha ocurrido. Para demostrar gastos médicos futuros, generalmente necesitará un testigo experto que pueda hablar sobre sus requisitos médicos futuros y el costo. Aparte de los posibles gastos médicos futuros, demostrar los daños económicos es relativamente sencillo. Los problemas surgen cuando se empieza a hablar de daños no económicos.

Daños no económicos

Los daños no económicos pueden incluir dolor y sufrimiento, pérdida de compañía y pérdida del disfrute de la vida. Sin embargo, daños como el dolor y el sufrimiento son complicados de probar porque son subjetivos y pueden diferir para cada persona, ya que cada persona reacciona ante las circunstancias de manera diferente.

Defensas ante un cargo de acecho

Tres defensas comunes ante los cargos de acoso son que no se hizo ninguna amenaza creíble a la víctima, que no hubo intención de causar miedo o que la conducta estaba protegida constitucionalmente. Aunque, además, uno puede declararse inocente por demencia, para tener éxito con una defensa de demencia, el acusado debe demostrar que no entendió la naturaleza del acto o no pudo distinguir entre el bien y el mal.

Ley de Mis Derechos Abogado de Acecho de California

El delito menor de acoso, que normalmente consiste en un mero acoso por parte del presunto acosador, se castiga con hasta un año de prisión. El delito grave más grave de acecho puede resultar en prisión de un año o más, multas y/o sanciones según la ley de acecho de CA.

El acoso puede tener consecuencias más allá de la cárcel, sanciones y multas. Por ejemplo, un juez podría emitir una orden de restricción que prohíba al acosador cualquier contacto con la víctima, incluido el acoso por Internet. La orden de restricción puede aplicarse mientras el acosador esté encarcelado en Los Ángeles, así como cuando el acosador sea liberado y esté cumpliendo una pena de libertad condicional en Los Ángeles. Si el acoso es de naturaleza sexual, es posible que se le solicite al acosador que se registre como delincuente sexual en un registro estatal de delincuentes sexuales.

Todos los acusados de delitos tienen derecho a la presunción de inocencia. Estos derechos incluyen la presunción de inocencia hasta que se pruebe la culpabilidad. El debido proceso también requiere que la fiscalía establezca cada elemento del delito más allá de toda duda razonable. Contáctenos hoy para una consulta gratuita y saber cómo puede defenderse contra un cargo de acoso en Los Ángeles.

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NOTAS A PIE
[1] Código Penal de California 646.9 PC.
[2] CALCRIM No. 1301.
[3] CALCRIM No. 1301.
[4] CALCRIM No. 1301.
[5] CALCRIM No. 1301.
[6] CALCRIM No. 1301.